Clínicas para los Derechos del Trabajador:
Preguntas Más Frecuentes
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1. ¿Podré hablar personalmente con un abogado en la Clínica? +
Por lo general, no. Clínicas para los Derechos del Trabajador no tienen suficientes abogados para hablar con cada cliente. Sin embargo, generalmente hay suficientes asesores capacitados en derecho, bajo la supervisión de abogados, para atender a cada participante de la Clínica. El tener a alumnos de derecho capacitados a nuestra disposición nos permite atender al mayor número de clientes posible.
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2. ¿Quién hablará en la clínica? +
Los asesores de la Clínica son alumnos de derecho, auxiliares de abogados, asistentes jurídicos y personal capacitado en varios aspectos del derecho laboral, bajo la supervisión de abogados en funciones que se especializan en derecho laboral.
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3. ¿Aceptará la clínica mi caso? +
Probablemente no. La Clínica se organiza para ofrecer información legal básica y remitir a los clientes a otras organizaciones, pero no para asumir casos individuales. En ocasiones, logramos ayudar a clientes que tienen una audiencia sobre el seguro de desempleo o por reclamos de salarios, pero eso no es lo más común.
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4. Si ya presenté mi caso ante un tribunal, ¿me pueden ustedes ayudar con ese caso? +
No. Si ya presentó su caso ante el tribunal, normalmente queda fuera del alcance de los servicios de la Clínica. Le sugerimos que trate de localizar a un abogado que le ayude con su caso. Si desea ayuda para encontrar a un abogado, sugerimos se comunique con la barra de abogados del condado de su localidad.
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5. ¿Será confidencial mi reunión con un asesor en la Clínica? +
Sí. Tenga la seguridad que toda la información que usted nos proporcione es completamente confidencial. Ni el asesor jurídico ni el abogado supervisor pueden revelar su información confidencial a nadie y en ningún momento sin permiso de usted.
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6. ¿Puedo acudir a las oficinas The Legal Aid Society–Employment Law Center en la calle Montgomery si necesito ayuda? +
Usted es bienvenido a visitar nuestro despacho siempre y cuando haya hecho una cita. De lo contrario, no habrá quien pueda hablar con usted acerca de su caso.
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7. Si trabajo de noche, ¿puedo acudir de día o recibir una llamada durante el día? +
Si no puede asistir o llamar a una Clínica durante el horario vespertino normal de la Clínica, favor de comunicarse a nuestra oficina (415-864-8848) y explique su situación al recepcionista. Normalmente no tenemos asesores en la oficina durante el día, pero en algunas situaciones podemos encontrar a alguien que pueda verle o llamarle durante el horario de oficina normal, siempre y cuando usted llame de antemano.
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8. ¿Debo llevar algo si pienso asistir a la Clínica en persona? +
Por favor traiga cualquier documentación que ayude al asesor a entender mejor su caso, como cartas de su patrón, notificaciones de audiencias, etc.
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9. Si soy un inmigrante indocumentado, ¿puedo de todas formas obtener información de la Clínica acerca de mis derechos legales? +
Por supuesto. Los asesores de la Clínica pueden hablar con los clientes sin importar su condición migratoria.
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10. ¿Puedo hablar con un asesor de la Clínica en un idioma que no sea el inglés? +
Sí. Normalmente hacemos citas para clientes que hablen español, mandarín o cantonés. Podemos localizar a un interprete para los clientes que hablen otros idiomas si se nos avisa con suficiente antelación. Le sugerimos también que traiga a su propio intérprete, dado que eso podría ayudarle a conseguir una cita más pronto.
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11. ¿Ayudan ustedes a empleados que tengan preguntas acerca de la indemnización al trabajador (Workers’ Compensation)? +
Depende. Si usted se lesionó recientemente y necesita conocer sus derechos y saber cómo proceder, le podemos ayudar. Si su caso ya ha estado vigente durante bastante tiempo y ya contrató a un abogado que le ayudara, es posible que la Clínica sólo le ayude un poco, dado que sólo proporcionamos información básica y le remitimos a otras organizaciones.
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12. Dado que se trata de una Clínica sobre el empleo, ¿puede usted ayudarme a conseguir un permiso de trabajo del ICE (Oficina de inmigración y aduanas)? +
No, ya que eso es un asunto de inmigración. Favor de llamar a nuestra oficina al 415-864-8848, ext. 263, para solicitar una lista de organizaciones comunitarias que pudieran ayudarle con asuntos relacionados con la inmigración.
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13. ¿Qué pasa si ya tengo un abogado u otro representante legal? +
Siempre estamos dispuestos a rendirle una “segunda opinión” si usted cree que su propio abogado o representante posiblemente no le está representando debidamente.